Hola, no soy delineante pero he entrado al foro para comentaros un tema a ver si me podéis ayudar. Se trata de uan salida de ventilación situada en un ático, a unos 2 metros de altura sobre el suelo de la terraza del ático. Vamos, que con la mano llegas a tocarla. En la constructora me dicen que lo han hecho según el "plano de arquitectura", pero a mi me suena muy raro.
Muchas gracias!!
¿Altura de salida de ventilación?
Moderador: Moderadores
¿Altura de salida de ventilación?
Última edición por luigui el Sab Jun 12, 2010 9:29 pm, editado 1 vez en total.
Hola luigui; pues veras la altura mínima de la chimenea tiene que ser, como mínimo, de 1m sobre la cumbrera, el punto mas alto del tejado o el tejado de edificios anexos.
Pero luego cada ayuntamiento, en los planes generales o normativas municipales proponen unas condiciones mínimas y/o máximas de distancias y alturas de chimeneas y otros elementos de cubierta.
En un caso parecido a este para sacar la ventilación de un restaurante a la cubierta, en este caso la terraza en lugar de pertenecer al ático, pertenecía a la primera planta del edificio, según normativa municipal, la colocamos en un radio de 12,5m a la ventana más próxima.
En cuanto a la altura pues tiene 1,5m desde el suelo de la terraza.
También el tratamiento puede ser distinto si se trata de shunt de ventilación, como puede ser el caso, ya que por lo que se ve en la fotografía cada cocina tiene su salida a fachada, entonces hay la distancias pueden variar.
Lo que es seguro es que en la normativa municipal te puede especificar algo más sobre estos elementos. Es probable que si este como en los planos de arquitectura.
Pero luego cada ayuntamiento, en los planes generales o normativas municipales proponen unas condiciones mínimas y/o máximas de distancias y alturas de chimeneas y otros elementos de cubierta.
En un caso parecido a este para sacar la ventilación de un restaurante a la cubierta, en este caso la terraza en lugar de pertenecer al ático, pertenecía a la primera planta del edificio, según normativa municipal, la colocamos en un radio de 12,5m a la ventana más próxima.
En cuanto a la altura pues tiene 1,5m desde el suelo de la terraza.
También el tratamiento puede ser distinto si se trata de shunt de ventilación, como puede ser el caso, ya que por lo que se ve en la fotografía cada cocina tiene su salida a fachada, entonces hay la distancias pueden variar.
Lo que es seguro es que en la normativa municipal te puede especificar algo más sobre estos elementos. Es probable que si este como en los planos de arquitectura.
Que importantes somos, que poco valorados estamos.
- JC_TEC
- Moderador
- Mensajes: 1155
- Registrado: Mié Ene 16, 2008 9:49 am
- Ubicación: GALICIA, A CORUÑA
- Contactar:
Tambien depende si al edificio le afectó el CTE, si es así tiene que cumplir con el apartado de HS que creo que es el 3, en el cual se pueden ver las alturas minimas según la separacion de la chimenea de la cumbrera.
En caso de que no le afecte el CTE, dependerá seguramente del plan o normas del ayuntamiento, en el momento de la concesión de licencia.
este es el link donde puedes ojear el CTE, apartado HS
http://www.mviv.es/es/index.php?option= ... Itemid=226
En caso de que no le afecte el CTE, dependerá seguramente del plan o normas del ayuntamiento, en el momento de la concesión de licencia.
este es el link donde puedes ojear el CTE, apartado HS
http://www.mviv.es/es/index.php?option= ... Itemid=226
INSCRIBETE EN EL CENSO DE DELINEANTES:
http://www.delineacion.org/viewtopic.php?f=4&t=4569
http://www.delineacion.org/viewtopic.php?f=4&t=4569
¿Quién está conectado?
Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 6 invitados