“La segunda de las grandes novedades es la relativa a las excepciones a las condiciones de la formación de arquitecto ya que se introduce la posibilidad de que una persona que haya trabajado siete años como mínimo en el sector de la arquitectura bajo la supervisión de un arquitecto o estudio de arquitectos podrá, previa superación de un examen de nivel universitario equivalente al anteriormente mencionado, obtener su cualificación como arquitecto”.
http://www.etsas.org/
http://ec.europa.eu/internal_market/qua ... 883_es.pdf
http://www.etsa.us.es/images/stories/es ... ropero.pdf
Jajaja, que bueno, puede que un futuro los delineantes experimentados, con siete años de experiencia en un estudio de arquitectura, nos podamos presentar a las pruebas para obtener él titulo de Arquitecto.


