Lo he leído varias veces y no me entero de nada. ¿Que consultan los Arquitectos en relación del Convenio de Ingenierías y Estudios Técnicos?:
4.- El Convenio colectivo nacional de empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos establece en su artículo 1- Ámbito funcional. Especial vinculación:
“será de obligada observancia en todas las empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos, incluidas las de DELINEANTES, cuya actividad de servicios de asistencia técnica, estudios y proyectos de ingeniería civil, agraria, medioambiental, química, electrónica, industrial, aeronáutica, aeroespacial y de cualquier orden similar...” (11/03/2009)
http://www.coam.org/pls/portal/docs/PAG ... 9_COAM.pdf
Convenio Ingenierias ¿Que consultan los Arquitectos?
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